Reglamento interno de Convivencia Escolar 2008

 NORMAS DE VIDA ESCOLAR 2009

 

El Colegio desea formar personas capaces y comprometidas en el servicio a los demás, conscientes y responsables del desarrollo y progreso del país. Dada la condición humana es conveniente establecer ciertas normas mínimas que faciliten la convivencia sana y la labor pedagógica, es necesario también señalar algunas sanciones para aquellos casos en que la motivación y la persuasión resulten insuficientes.

Es por ello que el colegio exige y evalúa a sus alumnos y alumnas de acuerdo a este principio, que se evidencia en actitudes permanentes de: Respeto, Responsabilidad, Solidaridad lealtad Perseverancia Disciplina.

El Colegio se preocupará por incentivar a sus alumnos y alumnas a vivir estos valores y evaluará positivamente a aquellos que se esfuercen por incorporarlos a su vida. De la misma manera evaluará negativamente aquellos alumnos y alumnas que evadan el compromiso que les exige la vivencia de estos valores.

 

PÁRRAFO 1 : DE LOS APODERADOS

Art. 1°: El apoderado es la persona responsable del alumno y/o alumna ante el Colegio debiendo ser el padre, la madre y en casos calificados una persona distinta, mayor de edad y con poder notarial de los padres o tutores legales, que tendrán la obligación de registrar la firma en la ficha de matricula, el libro de clases, Pagaré y Contrato de Servicio. Al matricular a su pupilo o pupila es su deber conocer este reglamento que regula las normas de vida escolar, declara que lo acepta y se compromete a velar por su cumplimiento.

Los Apoderados practicarán las actitudes, valores y normas emanadas de nuestro Proyecto Educativo especialmente las que se refieren a la cordialidad, respeto y sencillez en el trato con sus pares, profesores y personal del Colegio. La responsabilidad del proceso enseñanza-aprendizaje es tarea compartida hogar-colegio. En la medida que los padres y/o apoderados se preocupen en su hogar de la formación de sus pupilos y pupilas, apoyando la labor que desarrolla el colegio, se podrá lograr una formación integral de sus alumnos y alumnas. Ante cualquier situación del alumno y alumna, el colegio se entenderá directamente con la persona que sea reconocida como apoderado titular, que deberá establecerse en el proceso de matrícula y constancia en la ficha de matricula.

El apoderado representa al alumno y alumna ante la Dirección del plantel, es responsable de supervisar el comportamiento escolar del menor. Los apoderados que no cumplan con las normas del presente Reglamento, según juicio fundado de las Autoridades del Colegio perderán la calidad de tales

 

Art. 2° DERECHOS DEL APODERADO:

ü       Recibir educación sistemática y de calidad para sus pupilos y pupilas.

ü       Conocer la estructura docente administrativa de la escuela.

ü       Recibir Información académica y conductual en forma oportuna

ü       Recibir Información del programa de Becas y participar de él según el reglamento respectivo

ü       Ser informado de los montos máximos de reajustabilidad de la escolaridad para el próximo trienio.

ü       Elegir y ser elegido como representante de la directiva de los subcentros y Centro General

de Padres,

de acuerdo a la normativa de la organización.

ü       Canalizar sus inquietudes y sugerencias a través de los conductos regulares

ü       Apelar por escrito a la Dirección cuando la sanción disciplinaria aplicada a su pupilo no se ajuste a este Reglamento, el plazo para presentar dicha apelación será de cinco días después de notificada la  medida.

ü       Ser informado oportunamente del horario de atención del profesor jefe y profesores de asignatura de su pupilo

 

Art. 3° DE LOS DEBERES DEL APODERADO

ü       Se compromete a colaborar y participar constructivamente en las actividades que organicen tanto el Colegio como el Centro General de Padres.

ü       Deberá aportar la cuota del Centro de Padres al inicio del año escolar, que beneficia a su hijo o hijos con una resma de papel, la agenda escolar y tres fotografías tamaño carné (OBLIGATORIO)

ü       Los Apoderados de la Enseñanza Básica deberán aportar al inicio del año escolar el texto Proyecto de Activación de la Inteligencia (P.A.I.), 1° a 6° básico, en forma obligatoria. (Revisar Pagina Web en lista de útiles.)

ü       Los Apoderados de la Enseñanza Media deberán aportar al inicio del año escolar un texto determinado por el Departamento Técnico para el programa de lectura obligatoria del colegio.

ü       La asistencia de los apoderados a las reuniones mensuales o bimensuales u otra citación realizadas por la Dirección, el Departamento Técnico, Inspectoría General,  Profesor Jefe o Profesor de Asignatura, es OBLIGATORIA. La inasistencia  a las citaciones o reuniones de curso, faculta a la Dirección para suspender de clases al alumno o alumna hasta que se presente el apoderado.(No se aceptan llamadas telefónicas ni tampoco comunicación escrita)

ü       Informarse de las situaciones de comportamiento y rendimiento de su pupilo o pupila, sistemáticamente.

ü       Controlar la presentación personal de su pupilo o pupila al asistir al colegio (Cumplimiento de uniforme escolar y Ed. Física)

ü       Responder MENSUALMENTE, con los compromisos financieros contraídos con el establecimiento educacional, emanados única y exclusivamente del financiamiento compartido.

ü       Velar por los hábitos de estudio de su pupilo o pupila en el hogar, revisar periódicamente los cuadernos y la agenda especialmente de los alumnos y alumnas de enseñanza básica.

ü       Prevenir para que su pupilo o pupila no se presente al colegio con objetos de valor, o sumas importantes de dinero, drogas, alcohol, y objetos que según la ley sean considerados armas y/o elementos que impliquen peligro para la integridad de los alumnos y alumnas o personal del colegio.

ü       Informar, por escrito, al colegio de toda situación de salud de cuidado y/o de los medicamentos que deba ingerir el alumno o alumna, en caso de tratamiento médico, para arbitrar las medidas atingentes.

ü       Matricular a su pupilo para el siguiente año escolar según calendario entregado por Dirección.

ü       Deberá indemnizar al colegio, todo daño efectuado por su pupilo (rotura de vidrio, deterioro de mobiliario, computadores, libros o material de CRA, rayado en cualquier dependencia del colegio etc.).

ü       En caso de accidente escolar el apoderado será responsable de llevar al centro asistencial público más cercano con el formulario de accidente escolar que le entregará el colegio.

 

Art. 4°: DE LA MATRICULA: La matricula del alumno o alumna en el colegio se considera anual, el proceso de matricula se realizará en conformidad a las normas e instrumentos que estipule el MINEDUC. En dicho acto el apoderado y el alumno o alumna se comprometen a acatar las disposiciones del presente reglamento. y faculta de la Dirección del colegio autorizar o rechazar la matrícula de un alumno o alumna previa revisión de los antecedentes escolares.

 

PÁRRAFO 2 : DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS

Alumno o Alumna es la persona que obtiene el servicio educacional en el colegio perteneciente a ésta sociedad,  en cualquiera de sus niveles educacionales y que al matricularse es su deber conocer el reglamento que regula las normas de vida escolar y se compromete a cumplirlas íntegramente.

 

Art. 5° : DE LOS DERECHOS :

ü       Ser tratado en forma digna y respetuosa por parte del personal docente y todo funcionario del colegio

ü       Ser escuchado por profesores, asistente de educación ( ex paradocentes )y autoridades del colegio

ü       Ser atendido por el departamento de Orientación cuando exista requerimiento por parte del profesor jefe o apoderado

ü       Participar en todas las actividades regulares y extraprogramáticas del Colegio

ü       En caso de accidente escolar el Colegio debe cursar el formulario respectivo y derivar al alumno o alumna al centro asistencia! público más cercano al colegio, según las disposiciones legales vigentes.

ü       Usufructuar los bienes y servicios del Colegio destinados a los alumnos y alumnas, teniendo presente que pertenecen a todos.

ü       Postular, después de un año de antigüedad, al Programa de Becas del Colegio. Los hermanos gozan del beneficio de becas desde el momento de ser matriculados en el colegio.

ü       Participar de todas las actividades que programe el Centro de Alumno

ü       Ser informado con anterioridad sobre cualquier disposición reglamentaria o técnica pedagógica que le atañe.

ü       Expresar sus ideas o criticas constructivas a través de sus profesores jefes, inspectores o directiva de curso, para mejorar el colegio.

ü       Ser informado oportunamente de sus calificaciones, registro de anotaciones y fechas de evaluaciones

ü       Apelar por escrito ante la Dirección General de cualquier medida que considere arbitraria

 

Art. 6° DE LOS DEBERES

ü       Preparar día a día las materias y tareas escolares de las diferentes asignaturas.

ü       Usar correctamente el uniforme del Colegio

ü       Aspirar a un desarrollo y crecimiento armónico e integral de su persona esforzándose por alcanzar la excelencia.

ü       Demostrar una actitud de respeto hacia los valores patrios, éticos y morales en su vida tanto dentro como fuera del colegio.

ü       Respetar las normas fijadas por el colegio, necesarias para una sana convivencia social, fomentando las buenas relaciones interpersonales entre sus compañeros, profesores, familia y la comunidad.

ü       Demostrar una actitud permanente de respeto y de comportamiento frente a profesores, compañeros de curso y funcionarios del colegio

ü       Mantener una fluida y expedita comunicación entre su hogar y el Colegio.

ü       Mantener el cuidado del Colegio y su entorno.

ü       Todo alumno y alumna debe ser responsable de traer diariamente sus materiales, cuadernos y trabajos, que el colegio le solicite.

ü       Usar permanentemente la Agenda del colegio.

ü       Informar a Inspectoría General de cualquier situación de amenaza o intimidación, formulada por algún alumno del colegio.

ü       Informar oportunamente al profesor, inspector o Directivo cuando sufra algún tipo de accidente durante la jornada normal de clases o en su trayecto escuela- colegio.

ü       Al presentarse en jornada contraria debe hacerlo con uniforme escolar o buzo deportivo del colegio.

ü       Usar  el casino, y no otras dependencias, en hora de colación.

ü       Usar el uniforme completo en toda salida pedagógica, en caso contrario el alumno deberá quedarse en le colegio.

 

Art. 7° DE LA ASISTENCIA

ü       Los alumnos y alumnas deben asistir a todas las clases del plan de estudios del respectivo curso, según horario establecido por Inspectoría General.

ü       El requisito de asistencia está regulado por las normas de evaluación y promoción escolar que rigen en el establecimiento. Las reiteradas inasistencias pueden incidir en una repitencia de curso.

ü       La asistencia de los alumnos y alumnas a otras actividades organizadas y propiciadas por el colegio será obligatoria sólo en aquellas situaciones que la Dirección del plantel así lo determine.

ü       Para ser promovidos de curso y poder participar en la ceremonia de Licenciatura ( 4° Medios) los alumnos y alumnas deben asistir por lo menos al 85% de las clases efectivamente realizadas durante el año.

 

ART. 8 ° DEL INGRESO A CLASES

Todo alumno está obligado a:

ü       Asistir todos los días a clases.

ü       Llegar todos los días puntualmente al colegio.

ü       Presentarse con su uniforme y buzo del colegio limpio y ordenado.

ü       Deben traer diariamente la agenda del colegio

 

Art. 9° DE LA PUNTUALIDAD E INASISTENCIAS:

 

ü       Las inasistencias deben ser justificadas personalmente por el apoderado, en forma inmediata
en Inspectoría General. El no cumplimiento de esta obligación será causal de suspensión del alumno, hasta que se presente el apoderado.

ü       Las inasistencias por enfermedad y por más de 3 días, deberán ser justificadas con la presentación del Certificado Médico.

ü       Será responsabilidad del alumno que ha estado ausente ponerse al día con las materias tratadas en clases.

ü       Toda inasistencia continua, por más de 15 días hábiles, sin aviso y justificación dará derecho al Colegio a efectuar el retiro del alumno del colegio

ü       El alumno o alumna no puede faltar a pruebas fijadas con anterioridad.

ü       Si la inasistencia coincide con la realización de una Evaluación fijada con anticipación, ya sea prueba, disertación u otra, el apoderado deberá justificar personalmente antes, durante o al día siguiente de la referida evaluación, con el Inspector General de su ciclo o profesor respectivo.

ü       Las pruebas no realizadas por inasistencia del alumno, serán aplicadas en un horario que fijará el profesor de Asignatura en consenso con el alumno.

ü       El ingreso a clases antes o durante, debe ser puntual. Al tercer atraso se citará al apoderado.

ü       La reiteración de tres atrasos en el semestre, significará condicionalidad por puntualidad.

 

Art. 10° DE LA PERMANENCIA EN EL COLEGIO

Los alumnos deben guardar las siguientes normas en relación a su permanencia:

ü       Prestar la debida atención durante el desarrollo de la clase.

ü       Cuando exista formación el alumno debe prestar atención con el debido respeto a la información dada por el profesor o quien dirija.

ü       Permanecer dentro de la sala de clase, en todas las actividades programadas y planificadas.

ü       Usar un vocabulario adecuado, sin groserías, acorde a su calidad de estudiante

ü       Es responsabilidad de cada alumno sus útiles escolares y pertenencias.

ü       Responder adecuadamente y ceñirse a las instrucciones que se imparten para el desarrollo de la “Operación Deyse” o plan de Seguridad Escolar.

ü       Salir de las salas de clases durante los recreos, excepto en condiciones climáticas adversas u hora de colación.

ü       Durante los recreos, el alumno o alumna permanecerá en el patio y no podrá ingresar a las oficinas y a sala de Profesores, sin previa autorización.

ü       Velar por el aseo y ornato de su sala de clases durante y al término de la jornada. El consejo de curso designará 3 alumnos por semana encargados de ésta función.

ü       Deberá portar consigo sus objetos personales como cédula de identidad, pase escolar u otro.

 

Art. 11° DE LA SALIDA

 

ü       No está permitido a los alumnos y alumnas salir del Colegio durante el periodo de clases, para su propia seguridad.

ü       El retiro de un alumno o alumna debe ser realizado personalmente por el apoderado, previa autorización de Inspectoría, siempre y cuando el alumno haya cumplido con las evaluaciones del día.

ü       Para reintegrarse a clases atrasado y estando en el colegio, sólo podrán hacerlo con autorización de Inspectoría General.

ü       Una vez finalizada la jornada el alumno deberá retirarse del colegio en forma ordenada, dirigiéndose inmediatamente a sus hogares y no permaneciendo en los alrededores del colegio.

ü       Mantener una actitud de permanente respeto por nuestros vecinos y comunidad en general.

ü       No ocasionar problemas de disciplina, ni alteraciones con sus compañeros, a la salida del establecimiento.

ü       Las salidas de clases del alumno o alumna para participar en Actividades Oficiales, Extraprogramáticas o Salidas Pedagógicas con algún profesor fuera del Establecimiento, serán autorizadas en forma escrita por el apoderado, quedando afectos al Reglamento Interno del Colegio.
Art. 12° : DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL (FORMACIÓN DE HÁBITOS).

El alumno o alumna deberá mostrar en toda circunstancia y lugar una conducta personal acorde con su calidad de estudiante, tanto en su presentación como en su comportamiento personal, ateniéndose en tales materias a las normas impartidas por el Ministerio de Educación y por las propias del establecimiento. La obligatoriedad del uso del uniforme escolar comienza el primer día de clases, que mantendrá siempre limpio y en buen estado. Las salidas de alumnos y alumnas a Actividades Oficiales, Extraprogramáticas o Salidas Pedagógicas con algún profesor fuera del Establecimiento el alumno deberá presentarse con su uniforme escolar.

 

UNIFORME ESCOLAR:

Los alumnos de 1º básico a 4º Medio les será exigido el uniforme oficial del colegio y el buzo oficial del mismo, desde el primer día de clases.

 

DAMAS : Falda azul marina, plisada tipo inglés -Calcetas o panties azul marino o burdeo- casaca del Colegio – Polera  y zapatos de colegio negros, mochila presentable.

Desde el mes de mayo al mes de septiembre, podrán usar pantalón formal de paño azul marino y chaleco oficial.

 
VARONES: Pantalón gris – Calcetines grises – casaca y chaleco del Colegio – Zapatos de colegio negros – Polera. Este uniforme, debe ser usado permanentemente en toda actividad del Colegio. Su incumplimiento deberá ser justificado por escrito, ante el Inspector General de su Jornada.

Para las clases de Educación Física , actividades deportivas, recreativas o talleres ACLES de carácter deportivo deben usar el Buzo del Colegio.

 

PROHIBICIONES  USO  UNIFORME ESCOLAR Y PRESENTACIÓN ESCOLAR

VARONES:

ü       Usar el pelo largo, tomado en cola , tinturado o corte extravagante o de moda.

ü       Usar aros en orejas, nariz, lengua y rostro en general ,extensores.

ü       Asistir a clases sin rasurarse

ü       Usar gorros en la sala de clases .

ü       Usar uniforme escolar con zapatilla deportivas o de moda.

 

DAMAS:

ü       Usar maquillaje excesivo

ü       Corte de pelo extravagante ni tinturas extravagantes .

ü       Usar uñas largas sin esmaltes llamativos (rojos, verdes, azules, negros) etc.

ü       Usar aros, pulseras, brazaletes, collares artesanales y joyas de valor.

ü       Usar aros en nariz, lengua y rostro en general, extensores.

ü       Usar gorros en la sala de clases.

ü       Usar uniforme escolar con zapatillas deportivas o de moda.

 

PROHIBICIONES GENERALES

ü       Queda  estrictamente  prohibido  traer  al   establecimiento   cualquier  tipo  de  reproductor  de  música, joyas,

cámaras  digitales, pendrive,  dinero  y cualquier pertenencia  de  valor  u objetos  calificados   como armas de defensa. La  pérdida de  objetos de valor  o el  ingreso  de  armas, será informada a las autoridades policiales locales, según faculta la ley.

ü       Usar la Internet, para el desprestigio de los alumnos o del colegio, como fotolog, messenger, chat, email, blog, etc.

 

Cabe consignar que la ley penal juvenil vigente obliga al colegio a denunciar ante las autoridades pertinentes, si los alumnos o alumnas han incurrido en lesiones a otros, portar armas cortantes, de fuego u otras consideradas como tal o cualquier conducta que sea tipificada como delito.

 

 

Art. 13° : DE LAS CLASES DE EDUCACIÓN FÍSICA O TALLERES DEPORTIVOS.

ü       Para que el alumno o alumna sea eximido de las actividades de Educación Física o Talleres Deportivos deberán presentar un certificado médico en fecha oportuna a Inspectoría General. Este documento deberá ser extendido por un profesional de la salud, consignando la causa de eximición y será evaluado por trabajos teóricos.

ü       Los alumnos y alumnas tienen la obligación de traer su equipo para las clases de educación física y sus implementos personales (jabón, toalla ),aparte del uniforme.

ü       Los alumnos y alumnas eximidos de hacer educación física deben permanecer junto a sus compañeros ya que el profesor de la asignatura, es responsable de todo el curso. Los eximidos no podrán permanecer en sus salas o en otros lugares del colegio que no sea señalado por el profesor y no podrán irse del colegio, aunque la clase de educación física se realice en tas últimas horas de la jornada. El hacerlo se considerará una falta grave.

ü       Los alumnos y alumnas que participen en talleres deportivos y que incurriesen en faltas como agresiones físicas o verbales durante el desarrollo de ellos, deben ajustarse a las sanciones disciplinarias establecidas en el presente reglamento.

ü       El alumno y alumna eximido de hacer educación física no podrán participar en ningún taller deportivo.

Art. 14 ° : DE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ALUMNOS

ü       El proceso de evaluación de los alumnos y alumnas y su promoción se regirá por las normas que establece el reglamento de evaluación y promoción escolar a que está adscrito el establecimiento educacional.

ü       Para todos los demás efectos que digan relación con evaluación y promoción, el colegio se atendrá a las normas vigentes e instrucciones del Ministerio de Educación.

ü       Cualquier tipo de certificado no regular debe ser extendido con la previa autorización del o la Directora.

ü       La validación, equivalencia y convalidación de estudios para los distintos niveles y modalidades de enseñanza, se regirán por las normas aprobadas por el Ministerio de Educación.

ü       Con respecto a la evaluación el alumno debe cumplir con las siguientes normas:

ü       Es obligación del alumno y alumna, cumplir con todas las evaluaciones orales y escritas, pruebas parciales o globales, trabajos, disertaciones, salidas pedagógicas programadas etc., calendarizadas por los profesores.

ü       El alumno o alumna cuya inasistencia no sea justificada por el apoderado ante el profesor que ejecutó la prueba, o al Departamento Técnico Pedagógico queda sujeto a la normativa del Reglamento de Evaluación del colegio. Si el motivo es enfermedad deberá presentar certificado médico.

ü       Las pruebas podrán realizarse en una fecha fijada de común acuerdo con el profesor

ü       Si el alumno o alumna se negara a cumplir un compromiso escolar avisado con anterioridad, debe entregar por escrito su decisión al profesor y este dejara constancia del hecho en la hoja de vida del libro de clases, siendo evaluado.

ü       Todo alumno sorprendido en actitud deshonesta, se ajustará al reglamento de evaluación.

ü       Desde el primer día del Segundo Semestre de 2008  entra en vigencia la presente normativa de evaluación, se consignará  una  nota conceptual de conducta de los alumnos por período semestral que  se obtendrá promediando el 50% de la nota asignada por el profesor jefe con el 50% del promedio de las notas asignadas por los demás profesores del curso. La nota conceptual de conducta no incidirá en la promoción. Esta nota se aplicará desde el Primero a Sexto Año Básico, el año escolar 2009 se aplicará a los estudiantes de Séptimo y el 2010 a los Octavos Básicos.

El Reglamento de Evaluación describirá explícitamente los procedimientos de esta evaluación de conducta.

 

Art. 15° : DE LAS FALTAS: Las medidas disciplinarias deben  constituir, para  cada alumno, una   experiencia  positiva

que contribuya  eficazmente  a  la   formación   de su  personalidad. Se considera FALTAS por parte de los alumnos y alumnas las siguientes:

 

FALTAS LEVES:

ü       No cumplir con la presentación personal ,por alguna situación especial.

ü       No presentar a tiempo la justificación por inasistencia

ü       Frecuente desatención en clases.

ü       No cumplir con tareas y trabajos encomendados, por situación especial.

ü       Hacer desorden en horas de clases, sin que signifique falta de respeto a sus pares y profesor.

ü       Olvido del material necesario para la clase.

ü       Permanecer sin autorización en la sala de clases durante los recreos.

ü       Atrasos injustificados a la entrada de clases y después de los recreos en forma ocasional.

ü       Realizar demostraciones excesivas de afecto que no correspondan a una relación de sano pololeo dentro y fuera del colegio, El colegio entiende “el pololeo” como una demostración de cariño en un marco de respeto hacia la comunidad educativa.

 

FALTAS GRAVES:

 

ü       La triple reincidencia de una falta leve

ü       No ingresar a la sala durante el horario de clases .

ü       Fumar en el establecimiento, en el frontis o en los alrededores.

ü       Deteriorar en forma irresponsable los implementos del colegio.

ü       Incumplimiento de los deberes escolares.

ü       Agredir físicamente o de palabra a sus compañeros.

ü       Faltar respeto a cualquier miembro de la Comunidad Escolar

 

EXTREMA GRAVEDAD:

 

ü       Dos faltas graves.

ü       Deteriorar en forma intencional los implementos del establecimiento.

ü       Faltar el respeto de palabra, gestos o de hecho a cualquier miembro de la comunidad escolar.

ü       Falsificar la firma del apoderado o de alguna autoridad del colegio.

ü       Poner y/o adulterar notas y anotaciones en libro de clases.

ü       Falta de honradez y complicidad en ella

ü       Inasistencia al colegio no autorizadas por el apoderado (cimarra).

ü       Agredir físicamente a otra persona o concertarse para peleas.

ü       Desprender hojas de la agenda de comunicaciones, adulterar información del colegio y/o del apoderado.

ü       Copiar o entregar información en pruebas orales o escritas.

ü       Salir sin autorización de las dependencias del colegio

ü       Engañar presentando trabajos ajenos como propios.

ü       Sustraer y/o distribuir documentos oficiales del colegio

ü       Propagar rumores lesivos para la honra de las personas

ü       Hurtar, sustraer o robar como autor, cómplice o encubridor.

ü       Incurrir como reducidor de especies

ü       Usar o portar armas o elementos que signifiquen peligro para la integridad de cualquier miembro de la comunidad escolar.

ü       Conducta por parte del alumno que implique agresión sexual en cualquiera de sus manifestaciones, a saber, insinuación verbal, tocaciones indebidas, intimidación por uso de la fuerza, abuso deshonesto u otra que puedan ser evaluadas por la Dirección en este contexto; sea este acto realizado por uno o más alumnos sin importar el sexo de los involucrados.

ü       Ingresar, consumir y vender drogas o alcohol. Ante alguna eventualidad de este tipo, el Colegio se reserva el derecho de realizar inspecciones al alumno y sus pertenencias cuando existan sospechas fundadas

ü       Efectuar actividades de proselitismo político o religioso

ü       Desprestigiar al Establecimiento realizando actos que atenten contra la moral o estén dentro de las faltas enunciadas precedentemente en cualquier actividad en que participe fuera del Colegio con o sin uniforme pero

en representación del mismo.

 

Art. 16° DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS:

Podrán aplicarse de acuerdo a la gravedad de la falta en que haya  incurrido el  alumno, las siguientes  medidas de disciplinarias:

 

ü       AMONESTACIÓN VERBAL: entendida como una acción alternativa la puede aplicar cualquier miembro del estamento educacional (profesor, asistente de educación, administrativo o directivo docente). Se aplicará al alumno cuando su actitud sea inconveniente.

ü       AMONESTACIÓN CON CONSTANCIA ESCRITA: la aplica un docente o un miembro de la Dirección, cuando el alumno comete faltas.

 

ü       CITACIÓN  DEL  APODERADO: Será   aplicada  por: Docente  Directivo, el Profesor Jefe o el Profesor   de Asignatura, con aviso a Inspectoría General, cuando el alumno falte a lo estipulado en el reglamento.

Suspensión de clases de uno a tres día.  La aplica el Director o Inspectoría General del establecimiento y debe ser comunicada inmediata y directamente al apoderado del alumno. Esta se aplicará en especial cuando cometa faltas consideradas graves.

 

ü       SUSPENSIÓN POR UN PERIODO MAYOR DE TRES DÍAS:

 

   La aplica el Director o Inspectoría General del establecimiento y debe ser comunicada inmediata y directamente al apoderado del alumno. Esta se aplicará en especial cuando cometa faltas consideradas de extrema gravedad.

 

ü       CANCELACIÓN DE MATRÍCULA:

 

En caso  de extrema gravedad, la Dirección  se reserva el derecho de cancelar la matrícula de un alumno o alumna previo análisis del Consejo General de Profesores, debiendo ser ésta, comunicada  al apoderado del alumno.

Como también al Consejo Escolar y a la Dirección Provincial de Educación. Cualquier situación no contemplada en este reglamento será resuelta por la Dirección. Las medidas disciplinarias antes mencionadas podrán eventualmente ser permutadas por actividades de trabajo comunitario o social, que no signifique menoscabo personal; este tipo de medidas estarán consignadas en documento aparte visado por la Dirección y el Consejo Escolar del Colegio.

Toda situación no contemplada en las normas de vida escolar del colegio, será oportunamente resuelta por la Dirección del establecimiento teniendo presente en todo caso, la normativa legal vigente.

Escribe un comentario

Tienes que iniciar sesión para escribir un comentario.